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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía"
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article_label: "Artículo 57"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía - Artículo 57

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO VII - DEL FOMENTO A LA INDUSTRIA CINEMATOGRÁFICA

```text
Artículo 57. El representante de IMCINE presidirá el Comité Técnico y tendrá las facultades que le otorguen el Contrato de Fideicomiso y sus Reglas de Operación.

El Comité Técnico contará con un Secretario Ejecutivo, que será nombrado por el Presidente de CONACULTA.
El Secretario Ejecutivo auxiliará al Comité en el desarrollo de las funciones que le correspondan de acuerdo a las atribuciones que se le confieran en el Contrato de Fideicomiso y en sus Reglas de Operación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía, artículo 57.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
