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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor - Artículo 106

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO X - DEL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR
- CAPÍTULO ÚNICO

```text
Artículo 106.- El Director General del Instituto tendrá las facultades siguientes:

I.	Representar al Instituto;

II.	Dirigir técnica y administrativamente al Instituto;

III.	Elaborar el proyecto de Reglamento Interior del Instituto y los Manuales de Procedimientos correspondientes, sometiéndolos a la aprobación del Secretario;

IV.	Proponer al Secretario los programas anuales de actividades;

V.	Proponer al Secretario la designación y remoción de los directores de área del Instituto;

VI.	Proponer la celebración de convenios y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones del Instituto y, en su caso, elaborar los proyectos respectivos;

VII.	Proponer y publicar las tarifas para el pago de regalías a que se refiere el artículo 212 de la Ley, y

VIII.	Las demás que le confieran este ordenamiento y otras disposiciones legales.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor, artículo 106.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFDA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
