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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor - Artículo 119

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO XI - DE LA GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS
- CAPÍTULO II - DE LAS SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA

```text
Artículo 119.- Para obtener la autorización para operar una sociedad, se deberá presentar solicitud por escrito, a la que se anexarán:

I.	Proyectos de acta constitutiva y estatutos de la sociedad, los cuales deberán:

a)	Apegarse a lo establecido por la Ley;

b)	Mencionar la rama o categorías de creación cuyos autores y titulares represente o la categoría o categorías de titulares de derechos conexos que la integran, y

c)	Señalar los órganos de gobierno, administración y vigilancia de la sociedad, así como los nombres de las personas que los integran;

II.	Lista de socios iniciales;

III.	Catálogos de obras administrados por la sociedad, en su caso, y

IV.	Protesta de decir verdad del solicitante en relación con los datos contenidos en la solicitud.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor, artículo 119.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFDA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
