---
regulation_key: "Reg_LFDA"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "84"
article_label: "Artículo 84"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFDA"
canonical_path: "/Reg_LFDA/articulo/84/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor - Artículo 84

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO VIII - DE LOS REGISTROS
- CAPÍTULO III - DE LAS RESERVAS DE DERECHOS AL USO EXCLUSIVO

```text
Artículo 84.- Cuando se ofrezca como prueba algún documento que obre en los archivos del Instituto, el interesado deberá precisar el expediente en el cual se encuentra, para que se agregue al procedimiento respectivo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor, artículo 84.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFDA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
