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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Firma Electrónica Avanzada"
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# REGLAMENTO de la Ley de Firma Electrónica Avanzada - Artículo 15

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo III - De los derechos y obligaciones de los titulares de los Certificados Digitales

```text
Artículo 15. La Clave Privada deberá ser resguardada y controlada por el titular del Certificado Digital, en un Medio Electrónico, óptico o magnético que sea de su uso exclusivo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Firma Electrónica Avanzada, artículo 15.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFEA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
