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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales - Artículo 14

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO III - De los Titulares de las Entidades

```text
ARTICULO 14.- Cuando el nombramiento del titular de una entidad paraestatal corresponda al Ejecutivo Federal o a sus dependencias, la persona en quien recaiga dicho nombramiento, deberá:

I. Reunir los requisitos a que se refieren las fracciones I y III del artículo 21 de la Ley;

II. Tener una experiencia no menor de 5 años en el desempeño de cargos de alto nivel decisorio;

III. No tener participación accionaria o intereses particulares o familiares, en empresas relacionadas con las operaciones de la entidad de que se trate, y 

IV. No desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que de alguna manera obstaculice su función.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, artículo 14.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFEP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
