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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales - Artículo 24

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO V - De la Operación de las Entidades

```text
ARTICULO 24.- Las entidades elaborarán sus Anteproyectos de presupuesto de acuerdo con las asignaciones de gasto financiamiento que para estos efectos dicte la Secretaría de Programación y Presupuesto, debiendo ser aprobados, previamente, dichos anteproyectos por sus órganos de gobierno y remitidos a la propia Secretaría a través de su coordinadora sectorial, con el fin de que se integren al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, que conforme la legislación será remitido para su aprobación a la Cámara de Diputados.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, artículo 24.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFEP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
