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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales"
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article_label: "Artículo 37"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales - Artículo 37

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo adicionado DOF 23-11-2010

```text
Artículo 37.- El Registro contará con los siguientes apartados:

I.	De Inscripción: sección en la que los organismos descentralizados o, en su caso, el responsable del proceso de desincorporación, tramitarán la inscripción de los actos, documentos o información que corresponda;

II.	De Administración: sección a cargo de la unidad jurídica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para llevar a cabo la operación y conducción del Registro, y

III.	De Acceso al Público: sección en la que el público en general tendrá acceso a la información inscrita en el Registro.
Artículo adicionado DOF 23-11-2010
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, artículo 37.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFEP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
