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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil"
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article_label: "Artículo 31"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil - Artículo 31

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo Cuarto - Del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil y del Sistema de Información

```text
Artículo 31. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley, corresponde al Registro:

I.	Elaborar los lineamientos técnicos dirigidos a los servidores públicos encargados de su operación;

II.	Emitir y publicar los formatos que le corresponden en los términos del presente Reglamento;

III.	Establecer y mantener actualizado el Sistema de Información;

IV.	Requerir información a las Dependencias o Entidades que realicen acciones de fomento en favor de las Organizaciones con inscripción vigente en el Registro;

V.	Atender las solicitudes de información de los sectores público, social y privado, de conformidad con las disposiciones aplicables, y

VI.	Informar los servicios y los horarios de atención de los módulos, a través de la página electrónica.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, artículo 31.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFFAOSC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
