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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil"
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article_label: "Artículo 43"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil - Artículo 43

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo Quinto - Del Consejo Técnico Consultivo

```text
Artículo 43. La permanencia de los Consejeros propietarios representantes de las Organizaciones ante el Consejo será por tres años, renovándose por tercios cada año, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo 27 de la Ley.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, artículo 43.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFFAOSC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
