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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar"
kind: reglamento
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article_label: "Artículo 112"
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# REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar - Artículo 112

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - DEL PROCEDIMIENTO DE ELEGIBILIDAD Y PROCEDENCIA E INCORPORACIÓN
- CAPÍTULO II - METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
- SECCIÓN SEGUNDA - DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO SOCIAL

```text
Artículo 112. La manifestación de impacto social a que se refiere el artículo anterior deberá contener un apartado donde se delimiten e identifiquen las áreas de influencia del proyecto, directa e indirecta, así como las localidades dentro de estas y desarrollar los elementos siguientes con base en las características específicas del proyecto:
I.	Unidades territoriales o administrativas;
II.	Asentamientos humanos o localidades (rasgos sociodemográficos, socioeconómicos, socioculturales y socioambientales);
III.	Identificación de los pueblos o comunidades indígenas y afromexicanas;
IV.	Núcleos agrarios y propiedad privada;
V.	Patrimonio cultural tangible o intangible;
VI.	Escenarios de riesgo catastrófico y no catastrófico;
VII.	Problemáticas y necesidades de desarrollo social y económico de las localidades del área de influencia del proyecto;
VIII.	Cambios en el escenario ambiental y paisajístico, y
IX.	Normas Oficiales vinculadas al proyecto.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, artículo 112.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFIIEDB.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
