---
regulation_key: "Reg_LFIIEDB"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "134"
article_label: "Artículo 134"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFIIEDB"
canonical_path: "/Reg_LFIIEDB/articulo/134/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar - Artículo 134

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO OCTAVO - DE LA INCORPORACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE PROPÓSITO ESPECÍFICO
- CAPÍTULO I - DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD PARA LA INCORPORACIÓN

```text
Artículo 134. La incorporación de un Proyecto para el desarrollo con bienestar a un VPE, así como la aportación, afectación, cesión, administración o transmisión de activos, derechos, flujos, ingresos, contraprestaciones, bienes o recursos vinculados al mismo, no constituirán por sí mismas deuda pública, financiamiento público, obligación de pago, garantía soberana, aval, respaldo patrimonial, fuente de pago federal ni pasivo contingente a cargo del Gobierno federal.
La participación del Gobierno federal, de la Secretaría, del Consejo, de la Secretaría Ejecutiva o de cualquier entidad pública en los procedimientos de incorporación, determinación de idoneidad, estructuración financiera o supervisión del VPE tendrá exclusivamente carácter técnico, regulatorio y de coordinación institucional, sin que ello implique asunción de obligaciones financieras directas o indirectas respecto del Proyecto o del vehículo correspondiente.
Únicamente se considerarán obligaciones a cargo de la Federación aquellas que deriven de manera expresa de autorizaciones presupuestarias aprobadas conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación, de garantías o mecanismos expresamente previstos en la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, o de financiamientos autorizados en términos de la Ley Federal de Deuda Pública, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, artículo 134.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFIIEDB.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
