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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar"
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article_label: "Artículo 165"
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# REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar - Artículo 165

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO DÉCIMO - DE LA BASE DE DATOS NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ESTRATÉGICA
- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES DE LA BASE DE DATOS

```text
Artículo 165. La Base de Datos Nacional de Infraestructura Estratégica deberá contener, cuando menos, la siguiente información por proyecto, sin perjuicio de aquella adicional que determine la Secretaría o que disponga el Consejo:
I.	Identificación del proyecto, incluyendo su denominación, número de registro, clasificación sectorial y etapa de desarrollo;
II.	Descripción general del proyecto, sus objetivos y los beneficios económicos, sociales, regionales o sectoriales esperados, con referencia a los indicadores de bienestar aplicables;
III.	Información sobre la participación pública, privada o social involucrada en el proyecto, incluyendo la identificación de los sujetos participantes;
IV.	Mecanismos financieros, de inversión, Apoyos, Beneficios o garantías asociados al proyecto, cuando resulten aplicables, con indicación de los montos y condiciones autorizados;
V.	Indicadores de desempeño, avances físicos y financieros del proyecto;
VI.	Referencias a los VPE, Esquemas de Participación Mixta e instrumentos jurídicos vinculados al proyecto, incluyendo los contratos de inversión estratégica correspondientes;
VII.	Los informes periódicos presentados al Consejo, con indicación de su estado de cumplimiento;
VIII.	El dictamen de elegibilidad y, en su caso, dictamen de procedencia;
IX.	Las constancias de avance de proyectos de infraestructura y las constancias de servicios reconocidas por las entidades cada que se emitan, y
X.	Cualquier otra información relevante para el seguimiento y evaluación que determine la Secretaría.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, artículo 165.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFIIEDB.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
