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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar"
kind: reglamento
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article_label: "Artículo 172"
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# REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar - Artículo 172

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO DÉCIMO - DE LA BASE DE DATOS NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ESTRATÉGICA
- CAPÍTULO III - DE LAS OBLIGACIONES DE REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN

```text
Artículo 172. La obligación de proporcionar información para su integración en la Base de Datos Nacional de Infraestructura Estratégica no exime a las Dependencias, Entidades, Entidades Federativas, Municipios ni a los particulares del cumplimiento de las demás obligaciones de reporte, transparencia, fiscalización o rendición de cuentas previstas en la Ley, en los contratos e instrumentos jurídicos vinculados al Proyecto para el desarrollo con bienestar, en el presente Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, artículo 172.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFIIEDB.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
