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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar"
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article_label: "Artículo 194"
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# REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar - Artículo 194

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO DÉCIMO TERCERO - DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
- CAPÍTULO II - DE LA INVESTIGACIÓN DE MERCADO

```text
Artículo 194. La investigación de mercado a que se refiere el artículo 91 de la Ley, tendrá como propósito que las Dependencias y Entidades:
I.	Determinen la existencia de oferta de las obras y servicios relacionados con las mismas, para desarrollar el Proyecto Procedente en la cantidad, calidad y oportunidad requeridas por las mismas;
II.	Verifiquen la existencia de Proveedores interesados en el sector correspondiente a nivel nacional o internacional, con posibilidad de cumplir con sus necesidades de contratación, y
III.	Conozcan el precio prevaleciente o estimativo de las obras y servicios relacionados con las mismas, al momento de llevar a cabo la investigación.
IV.	Identifiquen riesgos de concentración de mercado, dependencia de un solo Proveedor, barreras de entrada, posibles esquemas de colusión, integración vertical indebida o cualquier circunstancia que pueda limitar la competencia efectiva del procedimiento de contratación.
V.	Verifiquen la inexistencia de conflictos de interés relevantes, vínculos corporativos, relaciones de control común, beneficiarios finales coincidentes o cualquier otra circunstancia que pueda comprometer la imparcialidad, independencia o libre concurrencia entre posibles participantes.
VI.	Evalúen la razonabilidad económica de los precios estimados, su consistencia con condiciones reales de mercado, así como la viabilidad técnica y financiera de las propuestas preliminares identificadas.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, artículo 194.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFIIEDB.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
