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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos - Artículo 104

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LOS SORTEOS
- CAPÍTULO I - DE LAS MODALIDADES DE LOS SORTEOS

```text
ARTÍCULO 104.- En los sorteos que se celebren en territorio nacional y cuyos participantes sean captados a través de Internet o de la red telefónica, se deberá otorgar un número de folio de participante. En ambos casos, después de haber adquirido la participación, los participantes deberán tener acceso vía Internet, para consulta e impresión, a una constancia de su número de folio y de los derechos que les correspondan en el sorteo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, artículo 104.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 109.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
