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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos"
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article_label: "Artículo 143"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos - Artículo 143

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DEL CONTROL Y VIGILANCIA
- CAPÍTULO I - DE LOS INSPECTORES

```text
ARTÍCULO 143.- Los inspectores estarán impedidos y deberán abstenerse de intervenir en los siguientes casos:

    I. Cuando tengan parentesco, relación de amistad o subordinación con el permisionario;

    II. Cuando participen por sí o por conducto de terceros en los juegos con apuestas o sorteos en los que hayan sido comisionados por la Secretaría;

    III. Cuando tengan conocimiento de que familiares, amigos o conocidos vayan a tomar parte en juegos con apuestas o sorteos para los que hayan sido comisionados por la Secretaría;

    IV. Cuando tengan interés personal en los eventos a que asistan con carácter oficial, y

    V. Cuando así lo establezcan otras disposiciones jurídicas aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, artículo 143.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 109.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
