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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos"
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article_label: "Artículo 24"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos - Artículo 24

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LOS PERMISOS
- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES COMUNES

```text
ARTÍCULO 24.- Para efecto de los permisos previstos en la fracción II del artículo 20, en adición a los requisitos que señala el artículo 21, el solicitante deberá acompañar a su solicitud la información y documentación siguiente:

I.	Aquellos a que se refieren las fracciones I, párrafo primero, II, III, V, VII, IX, X, XI, XII y XVI del artículo 22 del presente Reglamento;

II.	Exhibir los documentos, certificados por fedatario público, que acrediten la propiedad o legal posesión del inmueble en el que se vaya a instalar el establecimiento;

III.	Presentar la relación de los juegos con apuestas y sorteos que se pretendan instalar, así como el programa y la reglamentación de cada uno de ellos;

IV.	Especificar, de manera detallada, los lineamientos de operación del cruce de apuestas que se empleará en la feria, así como el control de las mismas;

V.	Señalar nombre y domicilio de los representantes del permisionario que actuarán como responsables durante la celebración de los eventos, y

VI.	Presentar la certificación, formulada por dos instituciones de reconocido prestigio y dirigida a la Secretaría, que hagan constar que en la celebración de la feria del año inmediato anterior a la fecha de la solicitud, se registró un mínimo de 250,000 asistentes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, artículo 24.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 109.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
