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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos - Artículo 37

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LOS PERMISOS
- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES COMUNES

```text
ARTÍCULO 37.- Se considera ganador a la persona que por haber acertado o logrado el objeto materia del evento, obtenga el derecho a recibir el premio correspondiente y pueda acreditar esta circunstancia:

    I. Por ser el poseedor del boleto o del comprobante de participación, o

    II. Por estar en la posibilidad de acreditar su condición de ganador, valiéndose de los medios de prueba idóneos.

Quien se considere ganador y no reciba el premio por parte del permisionario podrá presentar reclamación ante la Secretaría.  En estos supuestos, la Dirección determinará lo conducente y, en su caso, sancionará al permisionario en los términos de la Ley y este Reglamento y le requerirá para que entregue el premio al ganador.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, artículo 37.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 109.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
