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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos - Artículo 74

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LOS JUEGOS CON APUESTAS
- CAPÍTULO III - DE LAS FERIAS, CARRERAS DE CABALLOS EN ESCENARIOS TEMPORALES Y PELEAS DE GALLOS
- SECCIÓN III - DE LAS PELEAS DE GALLOS

```text
ARTÍCULO 74.- Para el caso de los palenques en cuyas instalaciones tenga cabida un público asistente superior a 300 personas, los permisionarios tendrán la obligación de contar con un sistema continuo de grabación de video y voz durante la celebración de todas las peleas. Las grabaciones deberán ser resguardadas por el permisionario los siguientes 30 días hábiles posteriores al día del evento, a fin de que se constituyan en un soporte adicional para los casos de reclamación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, artículo 74.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 109.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
