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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos"
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article_label: "Artículo 95"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos - Artículo 95

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LOS SORTEOS
- CAPÍTULO I - DE LAS MODALIDADES DE LOS SORTEOS

```text
ARTÍCULO 95.- Al inicio de la realización del evento en que se obtengan los boletos ganadores de un sorteo, el permisionario deberá precisar y hacer del conocimiento del público asistente la siguiente información:

    I. El número del permiso otorgado por la Secretaría;

    II. El nombre del inspector;

    III. El número de boletos emitidos y su precio unitario;

    IV. El número de premios a entregar, y

    V. El procedimiento para realizar el sorteo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, artículo 95.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 109.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
