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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro"
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# REGLAMENTO de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro - Artículo 17

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VI - Del Precio Único de Venta al Público

```text
Artículo 17.- El precio único de venta al público tendrá una vigencia de dieciocho meses contados a partir de la fecha de edición o importación del libro de que se trate.

Para efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará como fecha de edición aquella que aparezca en el colofón del libro y como fecha de importación la correspondiente al pedimento de importación respectivo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, artículo 17.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFLL.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
