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# REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización - Artículo 95

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Cuarto - De la acreditación y determinación del cumplimiento
- Capítulo V - De los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo

```text
ARTÍCULO 95. El organismo interesado que celebre un acuerdo de reconocimiento mutuo con instituciones oficiales extranjeras, internacionales o entidades privadas extranjeras, conservará el control y la responsabilidad de todos los aspectos de los resultados de la evaluación de la conformidad proporcionados por dicha institución o entidad.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, artículo 95.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
