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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas"
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article_label: "Artículo 25"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas - Artículo 25

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO IV - DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL DEL SECTOR

```text
Artículo 25.- La operación del Sistema de Información quedará a cargo de la Secretaría Técnica del Sistema pudiéndose auxiliar de cualquier entidad pública o privada que coadyuve al desarrollo eficiente de esta operación.

El objeto del Sistema de Información es conformar una red de información integrada por los sujetos descritos en el artículo 2 de la Ley, a efecto de contar con una base de datos interinstitucional que facilite la toma de decisiones por parte de la autoridad y permita el diseño de políticas públicas óptimas para el sector.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas, artículo 25.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPCCS_110518.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
