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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas"
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article_label: "Artículo 48"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas - Artículo 48

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO VII - DE LOS CATÁLOGOS
- Sección II - Del Catálogo de Mantenedores

```text
Artículo 48.- Para inscribirse al Catálogo de Mantenedores, además de cumplir con los requisitos contenidos en el artículo 24 de la Ley, el interesado deberá cumplir con lo dispuesto por el artículo 15 del presente Reglamento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas, artículo 48.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPCCS_110518.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
