---
regulation_key: "Reg_LFPDPPP"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "121"
article_label: "Artículo 121"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFPDPPP"
canonical_path: "/Reg_LFPDPPP/articulo/121/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares - Artículo 121

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VIII - Del Procedimiento de Protección de Derechos

```text
Artículo 121. Para los efectos del penúltimo párrafo del artículo 45 de la Ley, el Instituto determinará, en su caso, el lugar o medio, fecha y hora para la celebración de la audiencia, la cual podrá posponerse sólo por causa justificada. En dicha audiencia se desahogarán las pruebas que por su naturaleza así lo requieran y se levantará el acta correspondiente.

Presentación de alegatos
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, artículo 121.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPDPPP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
