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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares"
kind: reglamento
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article_key: "65"
article_label: "Artículo 65"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares - Artículo 65

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo III - De las Medidas de Seguridad en el Tratamiento de Datos Personales

```text
Artículo 65. El responsable deberá informar al titular al menos lo siguiente:

I. La naturaleza del incidente;

II. Los datos personales comprometidos;

III. Las recomendaciones al titular acerca de las medidas que éste pueda adoptar para proteger sus intereses;

IV. Las acciones correctivas realizadas de forma inmediata, y

V. Los medios donde puede obtener más información al respecto.

Medidas correctivas en caso de vulneraciones de seguridad
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, artículo 65.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPDPPP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
