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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita"
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article_label: "Artículo 27"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita - Artículo 27

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO CUARTO - DE LAS ACTIVIDADES VULNERABLES

```text
Artículo 27.- Para efectos del último párrafo de la fracción XI del artículo 17 de la Ley, se entenderá que se realiza una operación financiera cuando se lleve a cabo un acto o conjunto de actos a través de una Entidad Financiera o utilizando instrumentos financieros, monedas y billetes, en moneda nacional o en divisas y metales preciosos, de manera directa o mediante la instrucción de la persona Cliente o Usuaria.
Artículo reformado DOF 27-03-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículo 27.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPIORPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
