---
regulation_key: "Reg_LFPPI"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "155"
article_label: "Artículo 155"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFPPI"
canonical_path: "/Reg_LFPPI/articulo/155/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 155

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo IV - De las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas

```text
Artículo 155.- Además de los requisitos previstos en el artículo 316 de la Ley, la persona solicitante deberá indicar, en su caso, los términos sobre los cuales no se haya reservado el uso exclusivo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 155.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
