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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 180

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VI - De las Infracciones, Sanciones Administrativas y Delitos

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Artículo 180.- Para efectos de lo previsto en el artículo 393 de la Ley, el Instituto podrá coordinarse, a través de convenios, con otras autoridades exactoras de los niveles Federal, Estatal y Municipal.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 180.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
