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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 199

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo X - De los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

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Artículo 199.- Las reuniones de conciliación podrán realizarse de manera presencial o mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, incluyendo videoconferencias o plataformas digitales seguras, siempre que se garantice la identidad de las partes, la confidencialidad de la información y la integridad del procedimiento.
El Instituto deberá conservar el registro electrónico de las actuaciones y asegurar la autenticidad de las comunicaciones realizadas por medios digitales.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 199.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
