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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 26

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo I - Disposiciones Generales

```text
Artículo 26.- Las notificaciones efectuadas a través de medios electrónicos surtirán efectos el mismo día en que la persona usuaria se notifique a través del servicio electrónico del Instituto que corresponda. En términos del Acuerdo que para tal efecto se emita, en caso de no consultar el tablero electrónico de notificación correspondiente, al menos, los días quince y último de cada mes, o bien, el día hábil siguiente si alguno de éstos fuere inhábil, la notificación se tendrá por hecha el día hábil siguiente a los días quince y último de cada mes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 26.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
