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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 27

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo I - Disposiciones Generales

```text
Artículo 27.- Las notificaciones realizadas por correo certificado con acuse de recibo o servicios de mensajería especializada, así como las efectuadas de manera personal surtirán efectos el día en que éstas se practiquen.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 27.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
