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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 35

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo I - Disposiciones Generales

```text
Artículo 35.- Tratándose de los expedientes a los que se refiere el artículo 24 de la Ley, así como en las solicitudes de declaración administrativa en trámite, sólo podrán solicitar y obtener copias simples o certificadas de los documentos existentes en éstos, la persona titular o solicitante, su representante legal o apoderada.
Para el caso de las solicitudes, que hayan sido objeto de publicación a que se refieren los artículos 61, 77 y 107, de la Ley, toda persona podrá solicitar y obtener copias simples o certificadas de los documentos que obren en los expedientes, previa solicitud por escrito y el pago de las tarifas correspondientes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 35.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
