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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 36

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo I - Disposiciones Generales

```text
Artículo 36.- El Instituto podrá expedir copias simples o certificadas de manera electrónica.
La certificación electrónica se efectuará conforme a los requisitos que resulten aplicables a la firma electrónica de la persona servidora pública competente y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a aquéllas efectuadas con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio.
El Instituto establecerá los mecanismos de validación necesarios, conforme al Acuerdo que se emita para tal efecto.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 36.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
