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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 81

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo II - De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados

```text
Artículo 81.- Además de la persona titular de la patente, cualquiera de las personas licenciatarias podrá solicitar la rehabilitación de la patente a que se refiere el artículo 161 de la Ley, salvo estipulación en contrario pactada en la licencia respectiva.
La persona titular de un gravamen podrá solicitar la rehabilitación de la patente, en los plazos previstos en la Ley y en este Reglamento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 81.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
