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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial - Artículo 96

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo III - De las Marcas, Avisos y Nombres Comerciales

```text
Artículo 96.- Para efectos del artículo 179 de la Ley, la persona solicitante de la marca colectiva deberá exhibir con la solicitud de registro, copia certificada del acta constitutiva de la sociedad o asociación, en la cual se establezca que se trata de una asociación o sociedad de personas productoras, fabricantes o comerciantes de productos, o prestadoras de servicios, legalmente constituida y cuyo objeto social sea la producción o fabricación del producto o la prestación del servicio solicitado.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo 96.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPPI.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
