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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria - Artículo 116

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - Del Ejercicio del Gasto Público Federal
- CAPÍTULO V - De los Ingresos Excedentes
- SECCIÓN II - De los ingresos excedentes de entidades

```text
Artículo 116. Las solicitudes para modificar el rubro de gasto del flujo de efectivo de las entidades de control directo deberán considerar como fecha límite el 20 de diciembre y lo siguiente:
Párrafo reformado DOF 05-09-2007

I.	Copia del dictamen emitido por la Secretaría;

II.	La justificación del gasto adicional avalada por el órgano de gobierno, indicando montos, programas y metas, así como la situación del avance real, físico y financiero de los programas que se van a complementar, y

III.	La propuesta de modificación en el rubro de gasto de su flujo de efectivo determinada por el titular de la entidad y avalada por el órgano de gobierno.
Fracción reformada DOF 05-09-2007

Las solicitudes para realizar erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes provenientes de la recuperación de seguros y donativos también podrán presentarse durante todo el mes de diciembre.

La Secretaría resolverá sobre las solicitudes de erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes durante el periodo de vigencia del ejercicio fiscal que corresponda y a más tardar el último día hábil de diciembre, en un plazo máximo de 4 días hábiles contados a partir del día de la presentación de la solicitud respectiva que reúna la documentación prevista en este artículo. En el caso de ingresos excedentes provenientes de la recuperación de seguros y donativos, la Secretaría deberá resolver en un plazo máximo de 3 días hábiles contados a partir del día de la presentación de la solicitud respectiva que reúna la documentación prevista en este artículo.

Transcurridos los plazos a que se refiere el párrafo anterior sin que la Secretaría emita comunicación alguna, en términos del artículo 5 de este Reglamento, las solicitudes se tendrán por autorizadas y ésta deberá informarlo por escrito a petición de la entidad correspondiente dentro de un plazo de 5 días hábiles.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 116.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPRH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
