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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria"
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article_label: "Artículo 296"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria - Artículo 296

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - De la Información, Transparencia y Evaluación
- CAPÍTULO I - De la Información y la Transparencia
- SECCIÓN I - De los informes

```text
Artículo 296. Las dependencias y entidades que coordinen fideicomisos, mandatos o análogos, o que con cargo a su presupuesto se otorguen recursos presupuestarios, entregarán a la Secretaría la información que solicite, a través del sistema de control y transparencia de fideicomisos.

Las dependencias, entidades apoyadas y entidades no apoyadas, que en su sector se coordine la operación de fideicomisos, mandatos o análogos, o con cargo a su presupuesto se aporten recursos presupuestarios, así como las instituciones que hayan constituido fideicomisos o celebrado mandatos o análogos que involucren recursos presupuestarios a que se refiere la Ley de Ciencia y Tecnología, deberán informar dentro de los 15 días naturales posteriores al cierre de cada trimestre a la Secretaría, a través del sistema de control y transparencia de fideicomisos, el cumplimiento de la misión, fines y resultados alcanzados; recursos presupuestarios otorgados a dichos actos jurídicos en el periodo, incluyendo rendimientos financieros; egresos realizados en el periodo y su destino; así como el saldo o disponibilidad, a efecto de consolidar los informes trimestrales para el Congreso de la Unión, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 296.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPRH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
