---
regulation_key: "Reg_LFPRH"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "47"
article_label: "Artículo 47"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFPRH"
canonical_path: "/Reg_LFPRH/articulo/47/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria - Artículo 47

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - De la Programación, Presupuesto y Aprobación
- CAPÍTULO I - De la Programación y Presupuesto del Gasto Público
- SECCIÓN X - Programas y proyectos de inversión

```text
Artículo 47. Las dependencias y entidades deberán mantener actualizada la información de los programas y proyectos de inversión contenida en la Cartera, con base en los lineamientos que emita la Secretaría y demás disposiciones aplicables.
Párrafo reformado DOF 08-08-2025

Para determinar que un programa o proyecto de inversión ha modificado su alcance, se deberá estar a lo dispuesto por los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior.
Párrafo reformado DOF 05-09-2007, 04-09-2009, 25-04-2014
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 47.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPRH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
