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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria"
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article_label: "Artículo 60"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria - Artículo 60

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - De la Programación, Presupuesto y Aprobación
- CAPÍTULO I - De la Programación y Presupuesto del Gasto Público
- SECCIÓN XIII - De la formulación e integración del proyecto de Presupuesto de Egresos

```text
Artículo 60. La Secretaría integrará al proyecto de Presupuesto de Egresos los proyectos de presupuesto que le remitan los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos en términos del artículo 30 de la Ley. Asimismo, integrará las políticas de gasto que le remitan los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos para su inclusión en la exposición de motivos, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 41, fracción I, inciso b) de la Ley.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 60.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPRH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
