---
regulation_key: "Reg_LFPRH"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "88"
article_label: "Artículo 88"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFPRH"
canonical_path: "/Reg_LFPRH/articulo/88/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria - Artículo 88

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - Del Ejercicio del Gasto Público Federal
- CAPÍTULO II - De la Ministración, Concentración y Reintegro de Recursos
- SECCIÓN III - De las disponibilidades financieras

```text
Artículo 88. Las entidades sólo podrán realizar, con cargo a sus disponibilidades financieras, inversiones en los títulos u operaciones siguientes, siempre que estén denominados en moneda nacional o en unidades de inversión:

I.	Valores gubernamentales;

II.	Operaciones financieras a cargo del Gobierno Federal;

III.	Depósitos a la vista en instituciones de banca múltiple, sin que el saldo de éstos exceda el 10 por ciento del saldo de las disponibilidades financieras;

IV.	Depósitos en la Tesorería, y

V.	Acciones representativas del capital social de las sociedades de inversión a que se refiere el siguiente artículo.

El saldo de las disponibilidades financieras deberá invertirse de conformidad con la estrategia financiera diseñada y aprobada por las instancias competentes de las entidades, tomando en consideración los requerimientos de las disponibilidades financieras a lo largo del tiempo.

Las entidades no podrán celebrar acto jurídico alguno que involucre disponibilidades financieras y que tenga como consecuencia la pérdida del control directo de aquéllas por parte de la propia entidad.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 88.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFPRH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
