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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "37"
article_label: "Artículo 37"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión - Artículo 37

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - De la programación
- Capítulo VI - De los materiales grabados

```text
Artículo 37.- Se consideran contrarias a las buenas costumbres: 

I.	El tratamiento de temas que estimulen las ideas o prácticas contrarias a la moral, a la integridad del hogar, se ofenda al pudor, a la decencia o excite a la prostitución o a la práctica de actos licenciosos, y

II.	La justificación de las relaciones sexuales ilícitas o promiscuas y el tratamiento no científico de problemas sociales tales como la drogadicción o el alcoholismo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión, artículo 37.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
