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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 239

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - DEL CONTROL DE PRODUCTOS PARA USO O CONSUMO ANIMAL, ESTABLECIMIENTOS, ACTIVIDADES Y SERVICIOS
- CAPÍTULO IV - DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS

```text
Artículo 239. Los establecimientos previstos en el artículo 105 de la Ley que cuenten con médico veterinario responsable autorizado en los términos del presente Reglamento y que terminen la relación contractual con dicho médico, deberán informar a la Secretaría la baja de éste, así como los datos del profesionista que lo sustituya.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 239.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
