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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
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article_label: "Artículo 245"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 245

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - CERTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN
- CAPÍTULO I - DE LA CERTIFICACIÓN

```text
Artículo 245. Son objeto de certificación:

I.	La movilización de las mercancías reguladas en los términos de la Ley, este Reglamento y las disposiciones de sanidad animal;

II.	Los establecimientos en los términos de la Ley, el presente Reglamento, las normas oficiales mexicanas u otras disposiciones en materia de sanidad animal y de inocuidad alimentaria, y

III.	Los sistemas, procesos y servicios relacionados con la producción y procesamiento de animales, bienes de origen animal, productos para uso y consumo animal que garantice la sanidad animal, la minimización de riesgos de contaminación en alimentos y el bienestar animal.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 245.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
