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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
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article_label: "Artículo 265"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 265

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO OCTAVO - DE LA INSPECCIÓN, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SERVICIO OFICIAL DE SEGURIDAD ZOOSANITARIA
- CAPÍTULO I - PUNTOS DE VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN

```text
Artículo 265. Una vez recibida la solicitud de autorización con la información y documentación referida en el artículo 268 de este Reglamento, en un plazo no mayor de quince días hábiles, la Secretaría dará respuesta al interesado, señalándole si se justifica o no su operación. En caso de que se justifique la operación y haga falta información, se otorgará un plazo de prevención de diez días hábiles para solventarla.

En un plazo de treinta días hábiles posteriores a la presentación de la documentación completa, la Secretaría verificará que el Punto de Verificación e Inspección Interna cumpla con los requisitos y especificaciones previstas en las disposiciones de sanidad animal correspondientes y de resultar procedente, emitirá la autorización para su instalación y operación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 265.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
