---
regulation_key: "Reg_LFSA"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "300"
article_label: "Artículo 300"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFSA"
canonical_path: "/Reg_LFSA/articulo/300/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 300

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA
- CAPÍTULO III - DE LAS PERSONAS APROBADAS

```text
Artículo 300. Los laboratorios aprobados deberán contar con el equipo necesario, personal técnico calificado y demás requisitos que establezcan las disposiciones de sanidad animal.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 300.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
