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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 311

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA
- CAPÍTULO IV - DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS

```text
Artículo 311. La Secretaría autorizará en materia zoosanitaria a los siguientes:

I.	Médicos veterinarios responsables autorizados por la Secretaría, para prestar sus servicios de responsiva y emisión de documentos en unidades de producción y establecimientos a los que hace referencia la Ley y este Reglamento, quienes fungirán como responsables ante la Secretaría;

II.	Terceros especialistas: Persona moral o médicos veterinarios o profesionistas en materias afines autorizados por la Secretaría y quienes auxiliarán a la misma o a los organismos de certificación o unidades de verificación o laboratorios de prueba;

III.	Profesional autorizado por la Secretaría para el desarrollo de programas de extensión y capacitación, ejecución de las medidas zoosanitarias y de buenas prácticas pecuarias o en la prestación de servicios veterinarios en los laboratorios de constatación, y

IV.	Laboratorios de diagnóstico y constatación autorizados por la Secretaría para expedir informes de resultados.

Las personas físicas y morales autorizadas, están obligadas a manifestar por escrito a la Secretaría, cualquier cambio en su domicilio, razón o denominación social, así como de personal responsable, según corresponda.

Los médicos veterinarios responsables, profesionales o terceros especialistas autorizados, están obligados a manifestar por escrito, el domicilio o denominación y razón social de las unidades de producción o establecimientos a los cuales prestan o dejan de prestar sus servicios o donde llevan a cabo actividades de evaluación de la conformidad.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 311.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
