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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 32

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL BIENESTAR DE LOS ANIMALES, IMPORTACIÓN, TRÁNSITO INTERNACIONAL Y EXPORTACIÓN
- CAPÍTULO I - DEL BIENESTAR DE LOS ANIMALES

```text
Artículo 32. El sacrificio de animales silvestres y los destinados al abasto, deberán realizarse conforme a los procedimientos del bienestar animal establecidos por la Secretaría y en las disposiciones internacionales. Para ello se tomaran en cuenta las medidas, condiciones y procedimientos necesarios para la insensibilización y el sacrificio de animales domésticos y silvestres, así como el sacrificio en establecimientos TIF de animales destinados al abasto.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 32.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
