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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 328

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA
- CAPÍTULO IV - DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS

```text
Artículo 328. Las visitas de verificación que realice la Secretaría a laboratorios que ya cuentan con autorización, se efectuarán por personal oficial o por unidades de verificación personas morales aprobadas conforme a un programa anual de verificaciones elaborado previamente por la Secretaría o para atender quejas o denuncias. Los gastos derivados de las visitas de verificación se efectuarán con cargo a los laboratorios a verificar.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 328.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
